Una persona, un token.


En entradas anteriores hemos estado tratando la sobre la existencia de distintas utilidades de la tecnología de contabilidad distribuida en el ámbito jurídico; y vamos a aprovechar la cercanía de las próximas elecciones generales del 10 de noviembre para comentar, brevemente, los proyectos existentes de voto electrónico basados en blockchain.

Las elecciones, por supuesto, para su licitud y validez, deben atenerse fielmente a las normas que las regulan y posibilitar el amparo de los derechos de todos los ciudadanos de manera que éstos puedan ejercer su derecho al voto con libertad. Sin perjuicio de lo anterior, no hay que olvidar que, sin descuidar el proceso de regulación de las elecciones, los resultados que arrojen las mismas serán tanto más legítimos cuanto mayor sea la participación de los ciudadanos convocados a las urnas en las elecciones. Desde esta óptica, cualquier medida llamada a fomentar la participación de la ciudadanía en los procesos electorales que no vulnere el voto secreto, que fomente la transparencia de los procesos y que garantice la seguridad de los resultados, debe entenderse como beneficiosa. Y es ahí donde entra la tecnología de contabilidad distribuida. Son varios los especialistas que se han pronunciado ya sobre las bondades del voto electrónico, varios los países que han comenzado la implementación de este sistema y uno en especial que lo tienes instaurado: Estonia (como no).

El primer componente que debe tenerse en cuenta a la hora de implementar la tecnología es que el sistema debe garantizar que una persona con derecho a voto sólo pueda votar una vez. Debemos recordar que blockchain nace como la tecnología plataforma soporte de una criptomoneda (Bitcoin), por lo que solucionar el problema consistente en evitar el doble gasto de una misma divisa por una sola persona, era el fundamental, y toda la solución blockchain gira sobre este aspecto. Así, el voto de una persona determinada deberá estar representado (tokenizado) en una cadena de bloques y dicho voto solo podrá ser emitido y contado una sola vez siendo, además, esta unicidad de uso comprobable gracias a la trazabilidad de operaciones que garantiza la tecnología de cadena de bloques.

El segundo problema que se debe abordar es el de la identidad del votante. Debe garantizarse que la persona que ejerza el voto sea aquella que tenga derecho a hacerlo y no otra, pero a la vez que el voto siga siendo secreto y que, de manera alguna, pueda relacionarse el contenido de cierto voto con cierta persona a pesar de tener que relacionar la emisión de dicho voto con una persona determinada. Esto, que parece un trabalenguas es la base del sistema electoral digital y constituye el problema de solución más compleja. Este aspecto debe ser afrontado desde una doble vertiente. Primero, es preciso que se articule el uso de una identidad digital que repose sobre medios que impidan la suplantación. La identidad digital se consigna en la cadena de bloques junto con la emisión del voto, pero la incorporación on chain de la identidad de la persona debe contar con salvaguardas que impidan que se ejerza el voto por una persona que no quiere votar o que querría votar otra cosa. Las llaves biométricas parecen una buena solución, pero también lo sería la vinculación de dispositivos al monedero virtual que guarda la identidad. Es de destacar el hecho de que la actividad electoral es una de las circunstancias tenidas en cuenta para atemperar la aplicación de la Ley de Protección de Datos. En lo que se refiere a la necesidad de que no se pueda hacer público el sentido del voto, no podemos olvidar que dicho procedimiento de encriptado debe, a su vez, permitir al emisor del voto comprobar que, efectivamente, se está contabilizando un voto en el sentido que quería.

Articulada esta compleja solución, se alcanzaría una mayor transparencia en el procedimiento de voto, pues se evitarían así los supuestos en los que se consignasen más o menos votos de los realmente realizados. Sería una manera de acabar con el tradicional “pucherazo”, pero, no seamos ingenuos, los procesos electorales digitales estarían también expuestos al hackeo, sin perder de vista que la información introducida en una cadena de bloques es difícil de hackear por la robustez del sistema de creación de bloques.

Esto nos lleva a un tercer aspecto, respecto de la estructura de la blockchain que auspiciaría el sistema. Por supuesto son varias las propuestas que podrían hacerse, pero la que aparece más respaldada es la de asignar un nodo a cada Junta Electoral, e incluso uno a cada colegio electoral. De esta manera, los recuentos sería inmediatos y las incidencias mínimas.

Otra ventaja del sistema sería la desaparición del voto nulo, al tratarse el voto digital de escoger opciones sobre las legalmente previstas. La ausencia de voto nulo conllevaría, a su vez, un descenso de la conflictividad entre los interventores (cuya función habría de cambiar radicalmente).

En fin, la implantación de un sistema de votación digital basado en la tecnología de cadena de bloques, siempre que se superasen las dificultades mencionadas (y, por supuesto, muchas otras existentes que no han sido objeto del presente artículo) conllevaría un significado aumento de la transparencia en el proceso electoral, fomentaría la participación, solucionaría el problema existente con el voto por correo, haría descender los gastos derivados de las elecciones (en papeletas, por ejemplo) y aceleraría los tiempos propios de recuentos e impugnaciones.

Octavio Gil Tamayo
Abogado

Blockchain como prueba en un procedimiento judicial.


Lo cierto es que, como afirman muchos de los expertos en la materia, estamos saliendo de un momento en el que se pretendía que la tecnología de cadena de bloques sirviese para casi todo. Si bien, la tecnología de contabilidad distribuida se ha mostrado de gran utilidad en los ámbitos financieros (Fintech), con el surgimiento de las criptomonedas, por ejemplo, en el ámbito legal la aplicación ha resultado ser más problemática, por los roces que la implantación de una nueva tecnología producen sobre un ordenamiento jurídico consolidado.

La primera pregunta que debemos plantearnos los juristas es si la legislación ha de adaptarse al surgimiento y consolidación de las tecnologías disruptivas o si, por el contrario, deben ser éstas las que se adapten en su desarrollo a la normativa vigente. Frente a este desafío, la tendencia del legislador es proponer normativas tecnológicamente neutras, aunque esta circunstancia, por sí misma, no es bastante para dar respuesta a nuestro dilema.

Si bien lo más responsable es asumir que blockchain no es la panacea y solución a todos los problemas jurídicos, lo más justo es asumir que introduce enormes posibilidades susceptibles de ser aprehendidas por nuestro ordenamiento jurídico.

El tratamiento de las muchas utilidades de la tecnología de cadena de bloques daría (y, espero, dará) para muchas entradas como ésta, por eso, por hoy, vamos a centrarnos en sólo algunas de ellas.

En el seno del Congreso de Registradores de España celebrado a principios de este mes de octubre en Sevilla, se debatió sobre la utilidad de la tecnología blockchain como prueba en procedimientos judiciales. Fueron varios y magníficos los ponentes que abordaron este asunto, pero queremos centrarnos en las reflexiones arrojadas por Doña Yolanda Ríos, Magistrada del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona. La pregunta fundamental es si un apunte en la cadena de bloques podía servir como prueba en un procedimiento regido por la Ley de Enjuiciamiento Civil y, en su caso, de qué forma podría dársele encaje en el mismo.

¿Qué hacemos con el testamento ológrafo?


El otro día discutíamos en el despacho sobre la supervivencia del testamento ológrafo. Lo cierto es que los datos objetivos que estuvimos consultando le auguraban un futuro bastante incierto. Los testamentos cerrados y ológrafos no superaban el 1% del total de los otorgados y ello porque, ciertamente, el testamento ológrafo conlleva una serie de desventajas que lo hacen particularmente poco aconsejable.

El debate versaba sobre la conveniencia o no de actualizar la normativa relativa al testamento ológrafo. Quienes se mostraban en contra defendían dicha postura argumentando que, dejar la regulación tal y como está desde la modificación de 2015 permitiría que el testamento ológrafo terminase por perecer por falta de uso.

Quienes defendíamos una supuesta modificación de la regulación del testamento ológrafo lo hacíamos apoyando la utilidad de un testamento ológrafo basado en los nuevos soportes y tecnologías. Para ser claros, defendíamos dos modelos: un smart contract testamentario y un testamento ológrafo audiovisual. Parecía, a priori, una buena idea aprovechar una institución ya existente para dar cabida a nuevas formas de testar; pero nos encontramos con un argumento en contra de un peso importantísimo: “es que eso no es un testamento ológrafo”; y la verdad es que eso es así.

El debate es un debate objetivamente interesante al que, por supuesto, estamos abiertos, pero vamos a intentar fijar una postura sobre este nuevo potencial testamento ológrafo.

Cuando hablamos de un testamento ológrafo audiovisual nos referimos a una grabación en la que el testador manifiesta el contenido de su última voluntad. Dicha grabación habrá de contar con un sistema que permita acreditar la fecha y hora de momento en el que se realiza (termina), el lugar en el que se filma y que permita la conservación de la grabación hasta el momento en que deba producir su efecto.

Resumen de la segunda jornada del V Congreso de Registradores.


El segundo día del V Congreso de Registradores de España, en el bloque de Innovación comenzó con la mesa (5) dedicada a AI & DATA ANALYITCS. La moderaba Diego Hermoso, Registrador de la Propiedad, y participaron en ella importantes profesionales de distintos sectores.

Moisés Barrio, Letrado del Consejo de Estado, hizo un impresionante despliegue de formación en asuntos relacionados con las Inteligencias Artificiales. Colocó la creación del IPhone, el Big Data y el almacenamiento en la nube como grandes impulsores del cambio de paradigma en la IA.

Puso de manifiesto que, aunque el punto en el que nos encontramos es el propio del desarrollo del Machine Learning, ésta se trata de una tecnología muy egoísta, que necesita cantidades ingentes de datos para desarrollarse. El Machine Learning, decía, busca patrones en los asuntos para el que se las entrena, pero es incapaz de detectar las causas.

Enumero cuatro grupos de problemas jurídicos a los que habremos de enfrentarnos en el seno de la IA: 1) La opacidad de los algoritmos. 2) Los sesgos en los datos que alimentan las IA. 3) La seguridad y la privacidad de las personas. 4) El impacto en el mercado laboral.

Frente a estos problemas jurídicos, los estados sólo están proponiendo directrices éticas; sin embargo, los problemas son jurídicos, y los juristas no deben qedar fuera del diseño de la soluciones.

Pablo Haya, defendió que la IA va a llevarnos a lugares donde antes no podíamos llegar. El Machine Learning no es más que una nueva forma de crear software, así la máquina genera un modelo de reglas aprendidas infiriendo los patrones del algoritmo.

Gloria Sánchez, Directora de Transformación de la Asesoría Jurídica de Banco Santander puso a los asistentes al corriente de interesantísimos casos de uso de Inteligencia Artificial en el sector Jurídico. Y Carlos Tabernero, Socio de Sector Público de Evertis, expuso que la IA se debe dirigir a personalizar los servicios que presta una compañía. El factor del éxito no es la tecnología en sí, sino ser capaz de producir soluciones a casos de uso. Así, deben seguirse pasos dirigidos a mejorar la eficiencia operativa, mejorar e integrar servicios públicos, evitar el fraude, cambiar los modelos de relación con el ecosistema y generar valor público.

Le siguió la mesa sexta, dedicada a “Los retos de la innovación en el ámbito inmobiliario”. El contenido de esta mesa era de los más esperados del congreso y la modera, Jimena Campuzano, Registradora, supo guiar el debate por los mejores derroteros.

Rosa García Teruel nos puso al tanto de su investigación en la universidad sobre tokenización de activos inmobiliarios. Analizó la compatibilidad de la tokenización con la regulación sobre los derechos reales en el derecho civil, disertó sobre la naturaleza jurídica del token representativo de los derechos reales en situaciones de adquisición, transmisión y extinción de los mismos, así como sobre sus representaciones y los problemas derivados de las cotitularidades. Aseveró, asimismo, que en el momento actual, la actuación del Registro de la Propiedad en el sistema de tokenización de inmuebles, sigue siendo vital.

Manuel Gómez, Director de control y riesgos de Sareb, nos expuso el sistema creado para trasladar los aspectos jurídicos propios de un inmueble a una cadena de bloques en la que constan los datos necesarios para tomar decisiones junto con la garantía de Sareb de que se corresponden con la realidad, lo que facilita y dinamiza enormemente la inversión y la toma de decisiones previa.

Vicente Ortiz y Miguel Linera nos expusieron sus proyectos en PropTech. Proyectos de una importante lucidez y a los que se les augura un enorme impacto.

La mesa 7 la moderó con maestría José María de Pablos y en ella participaron representantes de PP, PSOE, Ciudadanos y Vox.

Para cerrar el bloque, tuvo lugar la mesa 8, LEGAL TECH. La moderaba Carlos Tocino Flores, Registrador y miembro de la comisión de innovación del Colegio de Registradores.

Mirari Barrena propuso que el objetivo del Legaltech es buscar la eficiencia y dar los servicios más amplios posibles a través de la tecnología. El primer punto de cambio del mundo jurídico se encuentra en la automatización de los procesos internos. El siguiente paso es la aplicación de la IA. Mientras que la base de la disrupción suele ser, considera, la creación de un nuevo modelo de negocio, en el sector jurídico la disrupción está provocando un aumento de la eficiencia y la customización de los servicios legales. María Jesús González-Espejo, por su parte, destacó la importancia para los operadores jurídicos de contar con una Propuesta única de Valor, como forma de que toda organización se muestre como única frente a sus clientes.

Gonzalo García-Valdecasas nos expuso las utilidades de aplicaciones legaltech como la creada por sí mismo, que opera numerosas funciones del ámbito societario, potenciando exponencialmente la labor del abogado en las funciones operables por su aplicación.

Por último, Jorge Morell nos habló de nuevos satélites que están democratizando la tecnología espacial, poniendo en valor las nuevas utilidades de estas tecnologías para el sector jurídico.

Espero que hayan disfrutado de estos resúmenes, al menos, una fracción de lo que hemos disfrutado nosotros asistiendo a las ponencias.

IURISTECH  



Resumen de la primera jornada del V Congreso de Registradores de España.


Estos días se está celebrando en Sevilla el V Congreso de Registradores de España; que se divide en dos bloques, el de Innovación Tecnológica y el de Derecho Europeo.

Como es natural por el contenido de este blog, hemos acudido a las sesiones del bloque correspondiente a Innovación Tecnológica, que ha reunido a las grandes personalidades del LegalTech nacional.

Para que ustedes puedan saber de qué han hablado los que saben, de verdad, de esto, hemos intentado resumir el contenido de cada una de las mesas. De todas maneras, hemos intentado destacar los más significativo de las ponencias en nuestra cuenta de twitter @iuristechblog.

La conferencia inaugural ha sido a cargo de Juan González Mellizo, representante de la Comisión Europea en España. Ha hecho un acertado repaso sobre todos los asuntos de importancia en la innovación tecnológica en el ámbito del derecho, incidiendo en el doble objetivo de la Comisión de impulsar la innovación tecnológica y fomentar la eliminación de riesgos de uso de las mismas, especialmente para sectores especialmente vulnerables como los consumidores.

Especial importancia ha tenido la mención al fomento de una confianza digital entre empresarios, consumidores y ciudadanos, impulsando la reconciliación de derechos fundamentales como el de la protección de los datos de carácter personal con tecnologías como la de cadena de bloques, sobre todo en la facultad de ejercicio de los derechos recogidos en el RGPD y la transparencia en el uso de la misma tecnología.

Por otra parte, los esfuerzos de la comisión se volcarán en la exploración de los límites éticos y jurídicos de la Inteligencia Artificial, con especial peso en la regulación de la responsabilidad de los agentes por los daños causados por elementos robóticos a las personas físicas. Esta labor, según el ponente, conlleva la significativa dificultad de fomentar una adecuación legislativa que no enmarañe, aún más las normativas. La neutralidad tecnológica de las nuevas legislaciones ha sido elemental para afrontar dicha meta.

Por último ha incidido en la necesidad de proteger a los consumidores a través de la transparencia, evitando que algoritmos alimentados por datos sesgados le impidan el acceso al libre consumo. En la misma línea, ha incidido en la necesidad de evitar que las inteligencias artificiales sean un instrumento de discriminación, de manera que los algoritmos no reflejen los sesgos de los datos que alimentan las inteligencias artificiales.

La primera mesa de la mañana estuvo dedicada a LA INNOVACIÓN EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. La moderaba Silvino Navarro de la Comisión de Innovación del Colegio de Registradores e intervinieron Carlos Balmisa, Director del Departamento de Control Interno de la CNMC, Miguel Ángel Bernal, ex Director General de Patrimonio de Aragón, Sofía Duarte, Directora General de Modernización de la Justicia, Desarrollo tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos y Luis Calvo-Parra, Inspector de Hacienda.

Carlos Balmisa, en una vertiginosa exposición llena de mensajes muy directos, definió las tecnologías disruptivas como aquella que conlleva un nuevo modelo de negocio. Defendió que la innovación tecnológica puede automatizar de tal manera ciertos procesos que algunos agentes deberían prepararse para desaparecer. Desde su cargo, defendió como objetivo final la protección del consumidor y la necesidad de eliminar las asimetrías informativas.

Miguel Ángel Bernal hizo un magnífico resumen de la aplicación que implementó para gestionar mediante la tecnología de registros distribuidos de ofertas electrónicas en concursos de adjudicación de contratos públicos. Así, la oferta se introduce por el licitador en una cadena de bloques en forma de huella digital y con estampado de sello de tiempo. Con posterioridad, cerrado el plazo, la oferta entra en los canales habituales comparando la mesa el contenido de la oferta introducida a través de la huella digital con la que se aporta a la mesa. Como explicaba el ponente, la oferta puede traducirse en una huella digital, pero no al contrario, lo que fortalece el secreto de la oferta pero impone la transparencia de un procedimiento público, al ser, a su vez, pública la cadena de bloques en la que se incluyen las ofertas.

Luis Calvo-Parra incidió en que el objetivo de la innovación tecnológica en al AEAT es ofrecer el mejor servicio de la manera más eficiente posible. Asimismo, la tecnología ayuda a disminuir el gasto de gestión.

La mesa 2 tenía por tema LA TECNOLOGÍA Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN en la que intervinieron Susana Blázquez, Eugenio Mallol, Mar Cabra y Guillermo Cid. Moderaba la mesa Borja Adsuara. Analizaron el impacto de las nuevas tecnologías en la manera de informar y en el contenido de la información misma. No solo ha cambiado la manera en la que nos llegan las noticias, sino también la forma en la que los profesionales de la información acceden a ella. La interconexión y las sinergias facilitadas por la tecnología.

Llegó la tercera mesa, la primera dedicada a BLOCKCHAIN, centrándose en los RETOS Y POSIBILIDADES. La mesa la moderaba María Curto, Registradora de la Propiedad.

Monserrat Guardia, Directora General de Alastria, nos vaticinó que el nuevo mundo en el que nos moveremos combinará nuestra realidad física, el de la tangibilidad, con el mundo digital, volátil por definición. Este nuevo mundo digital está en transición y en su creación hemos de participar ciudadanos y profesionales, y hacerlo con responsabilidad. En esta nueva creación ha de primar un punto de vista exocéntrico.

El trabajo en blockchain implica saber a dónde queremos dirigirnos y contar con la ventaja de que en esta tecnología se protege el dato desde su génesis, desplazando al centro la tradicional seguridad perimetral.

Posteriormente, Miguel Caballero nos trasladó su opinión de que Blockchain es un instrumento de cambio social más allá de un método de mejoras de las métricas de negocio. Así, considera que las plataformas descentralizadas serán las ganadoras del futuro.

Almudena de la Mata ha basado su intervención en destacar el papel de blockchain como generador de confianza entre partes contratantes que no se conocen. La confianza es vital para el ámbito jurídico y su intervención por medio de la tecnología de cadena de bloques puede generar, al principio, tensiones con las estructuras tradicionales.

Carmen Pastor introdujo la imprescindible reflexión basada en la pregunta de si las legislaciones han de adaptarse a las tecnologías disruptivas con inferencia jurídica o si, por el contrario, son estas tecnologías las que han de adaptarse a la legislación existente.

La última mesa del día fue moderada por el Registrador de la Propiedad Jesús Sieira y contó con la participación de varios profesionales de gran calado.

Doña Yolanda Ríos disertó sobre la utilización del contenido de una cadena de bloques es un procedimiento judicial, Don Rafael Fernández incidió en la necesidad de que las tecnologías se adecuasen a la legislación, pues su papel no debe ser el de elemento de ruptura de la estructura del ordenamiento jurídico.

Cristina Carrascosa, hizo una muy didáctica ponencia sobre el peso de la tecnología de registros distribuidos en el derecho, y sobre la incidencia de las nuevas regulaciones en la vida de los administrados.

Pablo Fernández Burgueño, dio una lección magistral de LegalTech haciendo un recorrido por los distintos casos de éxito en los que ha formado parte.

Mañana les ponemos al tanto de lo ocurrido en la segunda jornada.


IURISTECH