El
jueves, a raíz de la lectura de la tribuna de Javier Gómez Gálligo en ABC,
tuvimos en el despacho el debate latente con el que empieza el artículo de Don
Javier; esto es, si están llamadas a desparecer ciertas funciones o profesiones
jurídicas con la incorporación al ámbito jurídico de tecnologías como la de
cadena de bloques (blockchain).
Siempre
que alguien me dice que una tecnología va a sustituir a un profesional –blockchain a notarios y registradores o
las inteligencias artificiales (IA) a los abogados y jueces- intento, antes que
nada, descubrir la motivación de la afirmación: ¿qué me quiere vender esta persona?, y la mayoría de las veces soy
capaz de descubrir en los primeros cinco minutos por qué dicha persona podría
estar interesada en que desapareciesen los notarios, registradores, jueces o
abogados; y, casi siempre, las razones suelen conllevar un alarmante efecto:
una pérdida de libertad en el ciudadano disfrazada de automatización de
funciones y procesos.
Por
eso el legislador no debe bajar la guardia ante quienes pretenden imponer la
automatización de procesos sin reparar en los derechos de quienes deben
someterse a ellos, porque muchos de ellos serán bienintencionados, pero incluso
entre éstos, muchas veces se proponen soluciones sin prever los efectos
secundarios de las mismas.
Quien
pretenda negar la utilidad de la inteligencia
artificial en procesos de impacto jurídico no es consciente del potencial de
esta tecnología, pero quien pretenda su implantación sin que dicha tecnología
se adapte al ordenamiento jurídico o sin que el ordenamiento jurídico reaccione
a su implantación en defensa de los ciudadanos, es un ingenuo. La actual Ley
Orgánica de Protección de Datos prevé los supuestos en los que una inteligencia
artificial tome decisiones que afecten a la esfera jurídica de una persona
basándose en la perfilización. ¿Quiere esto decir que la tecnología de
inteligencia artificial basada en algoritmos es mala? ¿Quiere decir que es
buena y que nos tenemos que acostumbrar? No, las tecnologías, por sí mismas no
son buenas ni malas, pero los juristas tenemos la obligación de que el uso que
se haga de ellas en el ámbito en el que funcionamos no menoscabe la libertad de
los ciudadanos; y hablamos de Libertad en el aspecto más ilustrado de la
palabra, el de la libertad que no existe sin estado de derecho e igualdad entre
los ciudadanos. Pueden parecer palabras grandilocuentes, pero muchas veces la
libertad de los ciudadanos la sostiene la función de los operadores jurídicos
que ahora, muchos, quieren ver diluidos en la cadena de bloques o sustituidos
por inteligencias artificiales.